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Venta de Terrenos en Punta del Este página 27

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U$S 1.600.000

Terreno en Golf, Maldonado
8112

Terreno en venta en la zona de el jaguel

Terreno de 8.112 m2 de 74,48 metros de frente y 108,71 metros de profundidad. Transcribimos normativa para la zona: Digesto Departamental Detalle de Artículo D.249 VOLUMEN V TEXTO ORDENADO DE NORMAS DE LA EDIFICACIÓN - TONE LIBRO II PARÁMETROS DE EDIFICACIÓN PARTE LEGISLATIVA TÍTULO II Región Maldonado - Punta del Este CAPÍTULO VI Sector 4 - Aparicio Saravia SECC. ÚNICA Artículo D.249 Subzona 4.2.4 Vías residenciales a) Límites: Los predios comprendidos dentro de los siguientes límites: a1) Avda. San Pablo desde Avda. Gral. Aparicio Saravia hasta Avenida Oficial Nº 5042 (a designar) Avenida Oficial Nº 5042 (a designar), desde Avda. San Pablo hasta Calle Gabriela Mistral Calle Gabriela Mistral, desde Avda. Oficial Nº 5042 (a designar) hasta Calle Doctor Elías Regules Calle Doctor Elías Regules, desde Calle Gabriela Mistral hasta Avda. Gral. Aparicio Saravia Avda. Gral. Aparicio Saravia, desde Calle Doctor Elías Regules hasta Avenida San Pablo. a2) Calle Isabel de Castilla, entre Avda. Fernando de Aragón y Avda. William Shakespeare, Avda. William Shakespeare, entre Calle Isabel de Castilla y Calle Calderón de la Barca, Calle Calderón de la Barca, entre Avda. William Shakespeare y Bulevar Gral. José G. Artigas, Bulevar José G. Artigas entre Calle Calderón de la Barca y Calle Honorato de Balzac, Calle Honorato de Balzac, hasta el límite sur del Padrón Nº 3763, Límite sur del Padrón Nº 3763, hasta Avda. Paso de la Cadena, Avda. Paso de la Cadena, hasta límite sur del Padrón Nº 3761 Límite sur del Padrón Nº 3761, hasta continuación Avenida Fernando de Aragón, Continuación Avenida Fernando de Aragón, hasta Calle Isabel de Castilla; y Calle Gabriela Mistral entre Calle Federico García Lorca y Calle Los Tilos, Calle Los Tilos, entre Calle Gabriela Mistral y Calle de las Azaleas incluyendo los predios frentistas a la misma, Calle de las Azaleas, entre calle Los Tilos y Calle Juan Ramón Jiménez, Calle Juan Ramón Jiménez, desde Calle de las Azaleas hasta Calle Federico García Lorca, Calle Federico García Lorca, entre Calle Juan Ramón Jiménez y Calle Gabriela Mistral b) Normas especiales. b1) No se autorizan bloques. c) Dimensiones mínimas de predios: Altura 7m: En conjunto de unidades locativas aisladas o apareadas área 1000 m2 por unidad o par d) Retiros mínimos: - Frontales: 8 m. sobre vías especiales 4 m. en calles laterales - Bilaterales: 2 m., debiendo su suma promedial ser Mayor a 6 m. - De fondo:3 m. e) Altura máxima: 7m (PB+PA) f) Ocupación: Unidades locativas aisladas o apareadas: En los solares con área inferior a 500 m2 y superior a 1.000 m2, regirán los siguientes parámetros: FOS SS FOS FOS V FOT ST *** ST *** En los solares con área intermedia, los factores de ocupación se obtendrán de la interpolación de los anteriores valores. g) Salientes: hasta 2m. en área edificandi y en un 35% de la superficie de la fachada. h) Índice de ponderación (Decreto 3870): 0 (Cero) Ordenanza anterior: Sector Balneario Zona 3.1. Subzona 3.1.6 Referencia Interna : Tera-760

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U$S 5.500.000

Terreno en Rincón del Indio, Maldonado
26250

Amplio terreno de 26.250 m2

Terreno de 26.250 m2 apto para conjunto de bloques bajos con un FOT del 80%. Metros edificables: 21.000 m2 Cantidad de pisos: 5, Planta baja + 4 plantas altas. Transcribimos normativa para la zona: Digesto Departamental Detalle de Artículo D.243 VOLUMEN V TEXTO ORDENADO DE NORMAS DE LA EDIFICACIÓN - TONE LIBRO II PARÁMETROS DE EDIFICACIÓN PARTE LEGISLATIVA TÍTULO II Región Maldonado - Punta del Este CAPÍTULO VI Sector 4 - Aparicio Saravia SECC. ÚNICA Artículo D.243 Zona 4.1.2 Barrio Jardín Sector Aparicio Saravia. a) Límites: Corresponde predios del resto del Sector Aparicio Saravia. b) Normas especiales: No se autorizan bloques altos. c) Dimensiones mínimas de predios: Para Altura 15m: 2500m2 , frente de 30 m. Para Altura 9m : área 1000 m2 y frente mínimo 20 m. Para bloque Altura 7m: área 1000 m2 Sin frente mínimo. Conj. de unid. locativas aisladas o apareadas: 1000 m2 por unidad o par. d) Retiros mínimos: - Frontales: 4 m. Altura Mayor a 9 m.: 6 m. - Bilaterales: Alturas Mayores a 9 m.: 5 m. 3 m. para bloques, debiendo la suma promedial debe ser Mayor a 8 m. 2 m. para Unidades Locativas aisladas o apareadas, debiendo la suma promedial debe ser Mayor a 6 m. - De fondo: Alturas Mayores a 9 m.: 8 m. Altura Mayores a 7 m.: 5 m. Altura menor o igual a 7 m.: 3 m. Distancia entre unidades o bloques: Altura 15 m.: 8 m. Altura 9 m.: 6 m. Altura 7 m.: mínimo de 5 m. e) Altura máxima: 15 m. (PB +4PA). 9 m. (PB + 2PA). 7 m. (PB + PA). Áticos: En caso de techos inclinados a partir de un 30% de pendiente y cumpliendo con la altura máxima definida para la zona podrán conformarse entrepisos (áticos) que ocupen hasta el 50% del área de la última planta. Las construcciones comprendidas en el ático no serán computadas como nivel ni en el FOT, no podrán conformar nuevas unidades, debiendo ser parte de la Unidad del último nivel y su acceso será exclusivamente desde el interior de ésta. f) Ocupación: Bloques F.O.S SS: 40% F.O.S.: 20% F.O.S. PA: 20% F.O.T.: Altura 15 m.: 80% Altura 9 m.: 60% Altura 7 m.: 40% F.O.S V: 50% Unidades locativas aisladas o apareadas: En los solares con área inferior a 500 m2 y superior a 1.000 m2, regirán los siguientes parámetros: FOS SS FOS FOS V FOT ST *** ST *** En los solares con área intermedia, los factores de ocupación se obtendrán de la interpolación de los anteriores valores. g) Salientes: hasta 2 m en área edificandi y en un 35% de la superficie de la fachada. h) Índice de ponderación (Decreto 3870): 0,4 (Cero con cuatro) Ordenanza anterior: Sector Balneario Zona 3.1. Subzona 3.1.6. Listado de fuentes asociadas al artículo Fuente Observaciones Dto.Jta.Dep. 3911 de ***Artículo 17 Referencia Interna : Tera-3788

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